¿Qué garantía establece el Código Técnico de la Edificación para los sistemas de impermeabilización?

7/01/2025

 

El pasado junio de 2024, desde la Asociación Nacional de Especialistas en Impermeabilización (ANEDI), realizamos una de nuestras jornadas técnicas en Madrid.

Este evento contó con gran variedad de ponentes que trataron temas diversos e interesantes relacionados con el gremio.

Hoy queremos aprovechar una de las intervenciones de D. Álvaro González-Posada Delgado para tratar uno de los puntos de su ponencia: la garantía en los sistemas de impermeabilización en cuanto a: la ley, los productos y los sistemas.

La ponencia de D. Álvaro, Arquitecto Técnico e Ingeniero de Edificación, trató sobre garantías, inspecciones periódicas, planes de mantenimiento y conservación, así como tipos de patologías e incidencias más habituales relacionadas con estos procesos.

Unos meses después pudimos aprender con él de nuevo en la Jornada Técnica que realizamos en Bilbao el pasado octubre, donde su ponencia abordó el tema de la mitigación del Gas Radón en Construcciones.

A continuación, os presentamos un resumen sobre garantías que nos facilitó Álvaro González:

 

Según la Ley de Ordenación de la Edificación (L.O.E.)
  • 10 años: Daños materiales causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
  • 3 años: Daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos que afecten a los requisitos de Habitabilidad (Salubridad) recogidos en el DB HS1 del C.T.E.
  • 1 año: Daños materiales por vicios o defectos que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.
Garantía de los productos de impermeabilización
  • Garantía facilitada por el fabricante, que también puede ser facilitada por el contratista especializado en impermeabilización que ejecuta la obra.
  • Cubre exclusivamente el material defectuoso y es de valor decreciente en el tiempo.
  • Alcance normalmente de 3 años
Garantía de los sistemas de impermeabilización
  • Garantía de instalación: La emite el contratista especializado en impermeabilización y cubre la mano de obra necesaria para la corrección de un defecto de puesta en obra, con un alcance 3 años, según lo establecido en LOE
  • Otras garantías (no habituales y supeditadas a exigencias muy estrictas de mantenimiento):
    • Garantía conjunta: Garantía de producto e instalación unificadas en un solo documento, pudiendo responder fabricante y contratista especializado en impermeabilización de forma solidaria, con un alcance 3 años, según lo establecido en LOE. La duración puede ser superior  a 3 años si es establece un contrato de mantenimiento e incluso un seguro específico.
    • Garantía directa: El fabricante asume la responsabilidad de material y puesta en obra. Es algo más ocasional, y el alcance será el que determine el fabricante en su contrato y condiciones aplicables.

 

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